REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO : BP02-A-2008-000009


Visto el contenido de la diligencia de fecha 16 de julio de 2009, presentada por el abogado EDSON CANACHE JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.317.0812, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 109.033, en su carácter de Defensor Público Agrario de la parte demandante ciudadano JOSÉ RAFAEL LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.957.537, mediante la cual desiste formalmente del presente procedimiento, el Tribunal, en tal sentido HOMOLOGA el referido desistimiento hecho por la parte actora en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.- Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del mismo.-
EL JUEZ PROV.,


ABG. JESÚS SALVADOR GUTIERREZ DÍAZ.
LA SECRETARIA,


ABG. MIRLA MATA ROJAS.


















JSGD/bv