REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintinueve de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-001204
ASUNTO: BP12-S-2009-001204
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por la ciudadana ORLIGRAC DE LOS ANGELES BELLORIN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.629.474, asistida por la abogada RICCI RISQUEZ CALZADILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.177, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno Municipal, ubicado en la Calle Principal S/N, Sector Simón Bolívar I, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, que mide aproximadamente DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE CENTÍMETROS (265,37 Mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con Xiomara Rondon, midiendo Nueve Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (9,65 Mts2); SUR: Calle Principal, midiendo Nueve Metros con Sesenta y Cinco Centímetros (9,65 Mts2) ,ESTE: Xiomara Rondon, midiendo Veintisiete Metros con Cincuenta Centímetros (27,50 Mts2), y OESTE: Guillermo Rivas, midiendo veintisiete metros con Cincuenta Centímetros (27,50 Mts2).-Dichas bienhechurias se encuentran conformadas por una vivienda unifamiliar, construida de paredes bloques de cemento, friso liso, Techo de Zinc; piso de cemento pulido, y se encuentra subdividida en Una (1) Sala-Comedor, Una (1) Cocina, Una (1) habitación, Un (1) baño con sus respectivos accesorios.- El valor invertido es la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES (Bsf. 15.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos CESAR RAFAEL VELASQUEZ ORTIZ y ALFREDO RAMON FARIAS ORDAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-1.981.762 y V-8.486.267, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, este Tribunal declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano, ORLIGRAC DE LOS ANGELES BELLORIN, plenamente identificada, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
EL SECRETARIO,
Abg. JESÚS A. FIGUEROA SALAZAR.-