REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SIMON RODRIGUEZ
Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre.
El Tigre, veintinueve de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-001213
ASUNTO: BP12-S-2009-001213
Vista la solicitud de titulo supletorio presentada por el ciudadano RAMON DE JESUS TOVAR TABATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.468.869, asistido por el abogado DARWIN ALVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.113, donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomento a expensas propias con dinero de su propiedad, en un terreno Municipal, ubicado en la Calle El Alba Sector Colinas de Inavi, de esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue de Nicolás Moreno, midiendo Treinta y Cinco Metros (35 Mts); SUR: Con casa que es o fue de Keila Tovar, midiendo Treinta y Cinco Metros (35 Mts); ESTE: Calle El Alba midiendo Once Metros (11 Mts), y, OESTE: Con casa que es o fue de Maura Marcano, midiendo Once Metros (11 Mts).- Dichas bienhechurias se encuentran conformadas Cuatro paredones perimetrales con bloques de cemento, Dos (2) habitaciones de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, Un (1) baño con todos sus enseres.-El valor invertido es la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bsf. 2.500,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ALEXANDER JOSE LOPEZ SILVA y JOSE GREGORIO FIGUEROA CABEZA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-13.029.693 y V-20.359.670, respectivamente, este Tribunal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos de terceros, declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano RAMON DE JESUS TOVAR TABATA, plenamente identificado, en las bienchechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ,
Abg. ARELIS MORILLO SANCHEZ.-
EL SECRETARIO,
Abg. JESUS A. FIGUEROA SALAZAR