REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de julio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2006-004943

Revisado como ha sido el presente expediente y por cuanto se evidencia que no existen más actuaciones que hacer en el mismo; en consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, ordena la devolución de todos y cada uno de los documentos originales consignados, dejando copia en su lugar, previa certificación por secretaria. Asimismo, se ordena el cierre y remisión del mismo al Archivo Judicial de este Estado. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA Nº 02.


Dra. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA.


Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA.


Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.

AJD/LETICIA C.