REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
BOCA DE UCHIRE


Boca de Uchire, 27 de julio de 2009
199º y 150º


Vencido como se encuentra el lapso otorgado sin que las partes interpusieran recusación alguna, se reanuda la presente causa; y vista la diligencia de fecha 14-07-2009, en la cual la parte solicitante pide le sea entregada la autorización para retirar de la cuenta aperturada en la agencia del Banco Caroní, la obligación de manutención para su hija, correspondiente a la segunda quincena del mes de junio del presente año. En consecuencia, este Tribunal acuerda librar oficio a la Gerente del Banco Caroní, a los fines de ordenar sea debitada de la cuenta de ahorros Nº 0128-0066-56-6603772309 y entregada a la ciudadana CELENIA DE LAS MERCEDES CAMBERO ARANGUREN, la cantidad de CIENTO OCHENTA BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs.F.180,00). Líbrese el correspondiente oficio.

La Juez Provisoria,

Abog. Haydelis E. Castillo.
La Secretaria,

Abog. María G. Correia P.
Exp. PNA.2009-184
HEC-MGC-mm.bz