REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO FERNANDO DE PEÑALVER Y PIRITU

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ORDINARIO DE MUNICIPIO DE LOS MUNICIPIOS FERNANDO DE PEÑALVER Y PIRITU.
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.
Puerto Píritu, 06 de Julio de 2009.
199° y 150°

. Vista la diligencia de fecha: 01-07-09, suscrita por la abogada en ejercicio MARIA IGNACIA LOPEZ VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 122.620, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.875.991, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana: SANDRA FLORES DE GUZMAN, donde solicita del tribunal la Ejecución Forzosa de la sentencia de fecha: 15-12-08, y se libre el Mandamiento de Ejecución y se comisione al Juzgado Ejecutor de medidas de los Municipios Fernando de Peñalver, Píritu y San Juan de Capistrano de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a fin de practicas el DESALOJO del inmueble objeto del presente litigio.- Este Tribunal visto lo solicitado por la mencionada abogada así lo acuerda y ordena librar Exhorto al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Fernando de Peñalver, Píritu y San Juan de Capistrano de esta Circunscripción Judicial. Librese Despacho y Oficio.
La Jueza Titular.

Abg. Mírna Marín Machado.
El Secretario:

Abg. Jonathan Rodríguez

En esta misma fecha se da cumplimiento a lo acordado en auto anterior.

El Secretario:

Abg. Jonathan Rodríguez.