REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barcelona
Barcelona, 18 de Junio de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2002-000378.-
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 27-05-2.009, por el Juzgado de Juicio Nro. 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano ORANGEL RAFAEL RIVAS, titular de la cédula de identidad Nro. 16.478.488, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del Orden Público; Ejecútese la Sentencia Absolutoria dictada por el referido Juzgado de Juicio conforme al artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal y así se decide.
DISPOSITIVA
Éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, se Ejecuta la Sentencia Definitiva dictada en fecha 27-05-2.009, por el Juzgado de Juicio Nro. 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano ORANGEL RAFAEL RIVAS, titular de la cédula de identidad Nro. 16.478.488, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del Orden Público. Remítanse oficios a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería y al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia. Notifíquese a las partes. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal, a los fines de cuido y resguardo. Regístrese.
JUEZ DE EJECUCION Nro. 02
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA SECRETARIO
Abg. DANIEL GARCIA
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