REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-V-2009-000624

La presente causa se contrae a la pretensión de Acción Mero Declarativa intentada por la ciudadana Mónica Elena Morón Laurenet, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.577.051, en contra del ciudadano Derwis José Rodríguez Mejía, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.765.973; el cual fue admitido por este Tribunal en fecha trece (13) de marzo de 2009.-
En fecha nueve (09) de junio de 2.009, comparecieron por ante este Juzgado las abogadas Mariammar Pugas Hernández y/o Iris Carmona Castillo, inscritas en el Inpreabogado con los Nros 109.107 y 59.868, respectivamente, en sus carácter de apoderadas judiciales del ciudadano Derwis José Rodríguez Mejía, antes identificado, y las abogadas Maribel Castillo Abad y/o Marina Castillo Abad, inscritas en el Inpreabogado con los Nros 29.956 y 46.093, respectivamente, en sus carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana Mónica Elena Morón Laurenet, antes identificada; y consignaron escrito de Transacción suscrito entre las partes, constante de tres (03) folios útiles, solicitando la homologación de la misma en los términos convenidos entre las partes contratantes, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.713 del Código Civil, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes la referida transacción, en los mismos términos y condiciones suscrita por ellos y se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Así se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. -
Regístrese y publíquese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- En Barcelona, a los dieciséis (16) días del mes de junio de año dos mil nueve.- Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO,



Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,



Abg. MIRLA MATA ROJAS