REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2009-001143
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentado por la ciudadana Josefa Antonia Pedrique, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.568.762, domiciliada en el Sector el Mpo, casa sin número, San Miguel, Municipio Peñalver del Estado Anzoátegui, asistida por las abogadas Leomary Cazorla Salazar y Gleidys Rossania Pereira, inscritas en el Inpreabogado con los Nros 111.627 y 110.477, respectivamente, mediante el cual solicita sea declarada como Únicos y Universales Herederos del de cujus Rubén Darío Pedriquez, quien falleció ab- intestato el día seis (06) de diciembre del año 2.007, en el Sector Caicara, Vía Aeropuerto, Parroquia San Cristóbal, de la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui.- Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Ernesto de Jesús Gómez Guaura y Freddy Daniel Irobo Marcano, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de Única y Universal Heredera del de cujus Rubén Darío Pedriquez, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a la solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,
Abg. MIRLA MATA ROJAS