REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000664
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: CARLOS EDUARDO HIDALGO ABACH, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.455.233, domiciliado en la Calle Sucre N° 99 , San José de Guanipa Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, debidamente asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal, ubicada en la dirección antes mencionada.- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloques de cemento, piso de cemento, techo de zinc, constante de cuatro habitaciones, una sala comedor, una cocina, un baño y un corredor.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Con Luís Barreto, midiendo (40mts)- SUR: con Leida Abache, midiendo (40mts).- ESTE: Con Editza Chauran, midiendo (9.50mts) y OESTE: Con calle Sucre que es su frente, midiendo (9,50mts) El valor invertido es la cantidad de TREINT MIL BOLIVARES (Bs. 30.000, oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano CARLOS EDUARDO HIDALGO ABACHE, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA