JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSE DE GUANIPA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE
El Tigre, diez de junio de 2009


ASUNTO: BP12-S-2009-001147
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DECRETO DE TITULO SUPLETORIO)
PROCEDIEMINTO: CIVIL - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: NELLEY TERESA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-5.001.242, domiciliada en el Sector Los Inmigrantes, Calle Vista Hermosa, conocida también como Calle Batidora de Asfalto Nº 35, asistido por el ciudadano ABG. BENITO OLIVIERI URSINI, titular de la cedula de identidad No. V-8.474.647, inscrito en el Inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 38.068.

Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana NELLEY TERESA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad No. V-5.001.242, domiciliada en el Sector Los Inmigrantes, Calle Vista Hermosa, conocida también como Calle Batidora de Asfalto Nº 35, asistido por el ciudadano ABG. BENITO OLIVIERI URSINI, titular de la cedula de identidad No. V-8.474.647, inscrito en el Inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 38.068; donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que fomentaron a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno municipal, ubicado en el Sector Los Inmigrantes, Calle Vista Hermosa, conocida también como Calle Batidora de Asfalto Nº 35, y registrada con el número catastral: 15-30-10-09, que posee una superficie aproximada de Novecientos cuarenta metros de cuadrados con cincuenta centímetros cuadrados (940,50 mts2), alinderado de la siguiente manera: NORTE: Parcela de Luviderma Marcano, midiendo aproximadamente 21,00 Mts; SUR: Calle Vista Hermosa, también conocida como calle Batidero de Asfalto, midiendo aproximadamente 12,00 Mts ; ESTE: Patio y Casa que es o fue de Alexander Marcano, midiendo aproximadamente 57,00 Mts, y OESTE: Patios y Casas que son o fueron de Eloina Cordero y Josefina Herrera, midiendo aproximadamente 57,00 Mts.- Dichas bienhechurías se encuentra estructurada de la siguiente forma: Paredes de Bloques, techo de zinc, piso de cemento, Tres (3) habitaciones, más una (1) habitación de huéspedes, tres (3) baños, revestido con cerámica y con poceta, lavamanos y ducha (dos baños ubicados en la parte interna de la
casa y otro baño en la parte externa de la casa) cocina-comedor-sala, patio y porche .- El valor que poseen las bienhechurías antes descritas es la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 60.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos NELY DEL VALLE MACUARE NATERA y EUSEBIO CAMACHO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-2.749.794 y V-6.106.658, respectivamente, y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio mediante Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana NELLEY TERESA RODRIGUEZ, plenamente identificado, sobre las bienhechurías antes descritas en el presente decreto; dejando a salvo los derechos de terceros. Déjese copia del presente Decreto para su Archivo y devuélvanse las presentes actuaciones en original constante de Siete (7) folios útiles, a la parte interesada.-

LA JUEZ TITULAR,
EL SECRETARIO,

ABG. ADRIANA MATA AGUILERA
ABG. FRANCISCO GONZALEZ ACOSTA