REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco (25) de Junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2009-002863
MONTO DE LA TRANSACCIÓN: Bs. 1.878,80
Vista la solicitud de transacción recibida por este tribunal, suscrita por el abogado JESUS ENRIQUE TAMARA, actuando en su carácter de apoderado judicial la empresa AVIOR AIRLINES, C.A., por una parte y por la otra, el ciudadano CARLOS JOSE MARQUEZ MARVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.375.055, asistido en por el abogado SANCHO ALEJANDRO FIGUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 106.461, ahora bien, las partes plenamente facultados solicitan se homologue la presente transacción, este tribunal visto que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y no es contraria a derecho; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, les imparte la Homologación correspondientes, otorgándoles el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, su Reglamento y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se da por terminada la presente causa. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los veinticinco (25) días del mes de Junio de dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Cúmplase.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Romina Vacca.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 02:14 p.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Romina Vacca.
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