REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : BP02-S-2009-002560
Por recibida la anterior solicitud de Nombramiento de Curador Ad-Hoc, propuesta por el ciudadano EDGAR CATALINO HIGUEREY AGREDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.009.318, y de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio YRMA J. RIZALEZ CRUCES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 55.480, actuando en nombre y representación de su hijo (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). En consecuencia, notifíquese por medio de boleta a el ciudadano MAURO FELIPE HIGUEREY AGREDA, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.803.288, domiciliado en la calle 02, Nº 46, sector 01, Urbanización Brisas del Mar, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su notificación, a fin de manifestar su aceptación o excusa del cargo de Curador Ad-Hoc Especial del adolescente (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Líbrese boleta. Notifíquese a la ciudadana Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.-
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA ACC.-
ABOG. ELIMANA RIVAS S.
En la misma fecha del auto anterior se le dió cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA ACC.-
ABOG. ELIMANA RIVAS S.
AJD/Ca.