REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2004-000914
Vista la diligencia de fecha 19-05-2009, suscrita por el ciudadano CESAR JAVIER GONZALEZ CAÑIZARES, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 21.068.798, debidamente asistido por la Defensora Publica Tercera de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoategui, Abogada MARTHA AGUILERA, en la cual solicita se le haga entrega del saldo total del dinero depositado en la cuenta de ahorros N° 0007-0088-62-0010005027, aperturada en la Agencia bancaria Banfondes a nombre del ciudadano JOSE GONZALEZ, por concepto de las acreencias dejadas por su difunta madre ciudadana NOHELIA CANIZARES, y por cuanto el cumplió su mayoría de edad, tal como se evidencia de su acta de nacimiento cursante al folio 14 del presente expediente, de la cual se desprende que el citado ciudadano nació en fecha 26-03-1991, en Puerto La Cruz, Estado Anzoategui, en consecuencia esta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripcion Judicial del Estado Anzoategui, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena hacer entrega al ciudadano CESAR JAVIER GONZALEZ CAÑIZARES, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° 21.068.798, del saldo total depositado en la cuenta de ahorros N° 0007-0088-62-0010005027, aperturada en la Agencia bancaria Banfondes, por cuanto el mismo arribo a su mayoría de edad, correspondiéndole al Departamento de Contabilidad librar el oficio correspondiente, una vez entregado la suma de dinero al referido ciudadano por el concepto arriba señalado, se acuerda dar por terminado el presente expediente y su remisión al archivo judicial por cuanto no hay mas actuaciones que cumplir en el mismo.-
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA DE JUICIO N° 02,
DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA ACC,
Abog. ELIAMNA RIVAS S.-
AJD/Alicia.-