REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2007-000037
Vista la diligencia anterior, en la cual la FISCAL DECIMO TERCERO DEL MINISTERIO PUBLICO, plenamente identificada en autos, consigna acta levantada a la ciudadana Emelina Villarroel, en la cual manifiesta su DESISTIMIENTO de la presente solicitud de Colocación Familiar. En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, presentado por la parte demandante, declara terminada la presente demanda. Así mismo hacer entrega de los documentos originales, previa certificación en autos, la remisión del expediente al Archivo Judicial de éste estado. Y así se decide.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. N° 01.

ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA

LA SECRETARIA

ABG. ORLYMAR CARREÑO
En la misma fecha se acordó todo lo ordenado en él. Conste.
LA SECRETARIA

ABG. ORLYMAR CARREÑO