REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de junio de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-V-2009-001382
Por recibida la anterior Solicitud de REVISION DE RÉGIMEN DE VISITAS, propuesta por el ciudadano EDGAR CUMANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NC 8.293.788, quien actúa en representación de sus hijos los niños (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), debidamente asistido por el Abogado en ejercicio HECTOR FIGUERA BERNAEZ, inscrito en el Impreabogado bajo en Nº 65.812, junto con los recaudos que la acompañan, todo constante de un (01) folios útil y un (01) anexo. Admítase. Fórmese expediente. De conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cítese por medio de boleta a la ciudadana ZILMA FIGUEROA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.283.314, domiciliada en AV. Rómulo Gallegos, Sector 29 de marzo casa 13-31, Barcelona, Estado Anzoátegui para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02 del Estado Anzoátegui, a las diez de la mañana (l0:00 a.m.), del tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que exponga lo que creyere conveniente con relación a la solicitud de Fijación de Régimen de visitas, a favor de los niños CUMANA FIGUEROA. Con la advertencia que el día de la comparecencia la juez intentará una conciliación entre las partes y, de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y defensas cualquiera que sea un naturaleza, las cuales resolverá en sentencia definitiva a las nueve de la mañana (9:00.a.m.). Asimismo se acuerda oír a los niños de marras.-Notifíquese a la Fiscal Décimo Tercero del inicio del presente procedimiento. Líbrense boletas. Se insta al solicitante a consignar las partidas de Nacimiento de los niños de autos.- Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 02.
DRA. A JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. ELIAMNA RIVAS.
AJD/yamelisº
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