REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, dieciocho de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : BP02-U-2009-000024

Visto el contenido del oficio Nro 431/2008 de fecha 08-12-2008, remitido por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentado por ante la URDD Civil en fecha 04-03-2009, contentivo de Juicio Ejecutivo interpuesto, por el ciudadano Jesús del Valle Millán Figuera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.601.963, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.359, colegiado ante el colegio de Abogado del Estado Vargas bajo el Nro. 17.418 y habilitado ante el Tribunal Supremo de Justicia bajo el Nro. 3.637, actuando en su carácter de Procurador General del Estado Vargas, quien delega representación en los ciudadanos César Enrique Rodríguez Urdaneta y Don Gonzalo Crespo Piña, cédulas de identidad Nro. 8.071.105 y 5.307.674, respectivamente, abogados en ejercicio Inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 22.537 y 26.223 también respectivamente, adscritos al departamento legal de la Procuraduría General del Estado Vargas, quienes actúan en nombre de la Superintendencia de Administración Tributaria del Estado Vargas (SATVAR) contra la contribuyente Avior Airlines, C.A.., inscrita en el Registro de información Fiscal bajo el Nro. J-30209784-3, domiciliada en la Avenida vía el aeropuerto edificio aeropuerto internacional del caribe Santiago Mariño Piso PB de administrativa, representada por el ciudadano Rafael Ciarcia Walo, cedula de identidad Nro. 6.367.286, actuando en su carácter de presidente de la contribuyente, y recibido por este Tribunal superior en fecha 04-03-2009. Realizada la revisión del escrito y sus recaudos, observa que se encuentran llenos todos y cada uno de los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil; así como las disposiciones establecidas en los artículos 211, 212, 213 y 289 del Código Orgánico Tributario vigente motivo por el cuál ADMITE el presente JUICIO EJECUTIVO interpuesto por el ciudadano Jesús del Valle Millán Figuera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.601.963, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 29.359, actuando en su carácter de Procurador General del Estado Vargas, quien delega representación en los ciudadanos César Enrique Rodríguez Urdaneta y Don Gonzalo Crespo Piña, cédulas de identidad Nro. 8.071.105 y 5.307.674, respectivamente, abogados en ejercicio Inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 22.537 y 26.223 también respectivamente, adscritos al departamento legal de la Procuraduría General del Estado Vargas, quienes actúan en nombre de la Superintendencia de Administración Tributaria del Estado Vargas (SATVAR) contra la contribuyente Avior Airlines, C.A.., inscrita en el Registro de información Fiscal bajo el Nro. J-30209784-3, representada por el ciudadano Rafael Ciarcia Walo, cedula de identidad Nro. 6.367.286, actuando en su carácter de presidente de la contribuyente antes mencionada, a fin de que comparezca por ante este Tribunal Superior dentro de los cinco (05), días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su intimación mas dos (02) días que se le concede como término de distancia, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código Orgánico Tributario, pague o compruebe haber pagado al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), apercibido de ejecución las siguientes cantidades de dinero:

a) BOLIVARES FUERTES CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (BsF. 50.447,32) por concepto de Multas e Intereses moratorios originada por el enterramiento extemporáneo correspondiente al mes de febrero de 2008.

b) Las costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario; equivale al diez por ciento (10%) de la suma demandada o formulen oposición conforme a la Ley.

En relación a la medida solicitada en el escrito libelar por la Representación Fiscal, el Tribunal proveerá por auto separado para lo cual se ordena abrir cuaderno de medidas.- Líbrese boleta de intimación con las inserciones pertinentes, anéxele copia certificada del escrito libelar, y de la presente decisión a los fines de ser entregada al intimado, para lo cual se insta a la parte demandante a consignar copia fotostática de los fotostatos correspondiente al escrito libelar y la presente decisión. Ábrase cuaderno de medidas.- Cúmplase.

Déjese copia de la presente decisión en el archivo de este Tribunal Superior.

Regístrese y publíquese.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Barcelona, 18 días del mes de Marzo de 2009. Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.

El Juez Suplente Especial,

Dr. JORGE LUIS PUENTES TORRES.

La Secretaria,

ABG. ROSSANA CARREÑO.

Nota: En esta misma fecha (18/03/2009), siendo las 12:30 p.m, se dictó y público la anterior decisión previa las formalidades de Ley. En esta misma fecha se expidió copia certificada para ser consignada en el archivo de este Tribunal Superior. Se le solicita a la parte interesada consigne fotostatos a los fines de librar las Boletas de Intimación ordenadas. Conste.

LA SECRETARIA

ABG. ROSSANA CARREÑO

JLPT/RC/asm