REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 22 de marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2009-001472
ASUNTO : BP01-P-2009-001472
Visto el escrito presentado por el DR. JOEL ALBERTO DIAZ SARMIENTO EN SU CARACTER DE FISCAL AUXILIAR VIGESIMO TERCERO DEL MINISTERIO PUBLICO, actuaciones donde colocan a disposición del este tribunal de control al ciudadano: NAVIL ELIAS MASCAREÑO, por la presunta comisión del delito de violación, en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA solicitando se decrete la detención como flagrante y se siga el procedimiento por la vía ordinaria, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, con Funciones de Control Nº 02, una vez analizado el caso y las referidas actuaciones, pasa a decidir:
UNICO: De acuerdo al artículo 259 de la Ley Orgánica para la protección al Niño, Niña y al Adolescente, Vigente, donde el Tipo Legal que se dispone al respecto es el denominado Abuso Sexual a Niños y Niñas cuyos apartes 2º y 4º incluyen Violación mediante penetración anal o Genital con prisión de 15 a veinte Años, en primer lugar y en segundo lugar que si el Autor es hombre mayor de edad y la niña es la victima, conocerán los Tribunales Especiales Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Es decir, el Tribunal de Control que sea Competente en la Jurisdicción del Estado Anzoátegui; ello en concordancia con el articulo 260 Ejusdem. En Consecuencia este Tribunal Declina la competencia para conocer de la Causa respecto de la presunta participación como Autor en el delito de Abuso Sexual a Niños, Niñas y Adolescentes, en modalidad de Violación, al ciudadano: NAVIL ELIAS MASCAREÑO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 18.030.917, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 11-09-1986, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agente Policial, hijo de los ciudadanos: ROMULO LANDAETA Y MIRIAN MASCAREÑO (v), domiciliado en Sector campo Claro 01 casa numero 20 Barcelona, Estado Anzoátegui, Líbrese el respectivos Oficio. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL Nº 02, DE GUARDIA
DR. ALBERTO VALDEZ
LA SECRETARIA DE GUARDIA
ABG. SANDRA DE VELIZ