REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio de Barcelona
Barcelona, 18 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-005943
ASUNTO : BP01-P-2008-005943
Visto el contenido del Acta de fecha 26/01/09, que riela al folio 164, mediante la cual el ciudadano MAXIMILIANO JOSE SOUQUET ASCANIO, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.667.880, en su condición de Acusador Privado, compareció a éste Tribunal y ratificó el contenido de la Acusación interpuesta el 17/12/08, en contra del ciudadano PABLO FLORES, titular Cédula de Identidad Nº 2.748.0745, por la presunta comisión de los delitos de CALUMNIA, FALSO TESTIMONIO, DIFAMACION AGRAVADA, CONTINUADA E INJURIA, previstos y sancionados en los artículos 240, 242,442 y 444 del Código Penal, respectivamente, dando así cumplimiento a lo establecido en el penúltimo aparte del artículo 401 del Código Orgánico Procesal Penal, éste Juzgado conforme al artículo 409 Ejusdem, acuerda:
PRIMERO: Admite Acusación particular interpuesta por el ciudadano MAXIMILIANO JOSESOUQUET ASCANIO, por cumplir la misma con los requisitos y demás formalidades exigidas en el artículo 401 de la referida Ley Penal Adjetiva; considerándose al referido acusador como parte en el proceso, para todos los efectos legales.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 409 del citado Código Orgánico, se acuerda citar al Querellado, ciudadano PABLO FLORES, Venezolano, natural de Santa Ana, Estado Anzoátegui, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.748.045, domiciliado en Calle Páez, Nº 45 de la ciudad de Santa Ana Municipio Santana, Estado Anzoátegui, a los fines que comparezca dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación, por ante este Despacho y designe Defensor de Confianza que lo asistirá en el presente Proceso Penal; debiéndose anexar a la respectiva Boleta de Citación Personal, copia certificada del escrito contentivo de Acusación, así como del Auto de Admisión correspondiente.
Líbrese la respectiva Boleta de Citación al Acusado anteriormente identificado y notifíquese lo conducente a Acusador MAXIMILIANO JOSE SOUQUET ASCANIO; así lo decide este Tribunal de Juicio III del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Expídase por Secretaría, las copias certificadas en referencia. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO Nº 03,
DRA. MARIA CARABALLO ESPAÑOL,
LA SECRETARIA.
ABOG. DESIREE LAMAS