REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2009-000394
Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentado por la ciudadana Haidee Romero de Monteverde, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.212.120, de este domicilio, asistida por el abogado Manuel José Zamora, inscrito en el Inpreabogado con el N° 95.366, mediante el cual solicita que tanto su persona como su hijo Bartolo César Monteverde Romero, sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus Moisés Rubén Monteverde, quien falleció ab- intestato el día 06 de enero de 2009, en la Panadería Serena, ubicada en Barrio Sucre, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos Dilia de Jesús Pineda de Calcurian y Héctor Rafael Cotua Tayupo, identificados en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus Moisés Rubén Monteverde, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a la solicitante y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
LA SECRETARIA,
Abg. MIRLA MATA ROJAS