REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : BH03-S-2000-000026
Habiendo intentado la ciudadana MANUELA KARINA ROJAS DE ACHOOCH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.632.502, solicitud por TITULO SUPLETORIO, a este Tribunal le correspondió por Distribución de fecha: 08 de junio de 2.000, el conocimiento de la presente causa.
Por auto de fecha: 09 de junio de 2.000, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud. Observando este Tribunal que en fecha 04 de julio de 2000 fue la última actuación de procedimiento en el presente juicio y que habiendo transcurrido un lapso mayor de un (1) año, sin que se haya efectuado ningún acto de procedimiento, considera este Juzgador, que se produjo la Perención de la Instancia, conforme al Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en su Encabezamiento, término de Perención totalmente consumado.
En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa con fundamento en la disposición legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los once (11) días del mes de marzo de Dos Mil nueve (2.009). Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Juez Suplente Especial,

Abg. Helen Palacio García
La Secretaria,

Abg. Marieugelys García Capella