REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO : BP02-F-2009-000227.-

Vista la anterior demanda por PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, propuesta por los ciudadanos LUIS ALBERTO BENITEZ MARCANO y CYNTHIA YOSMAR PEREZ URBINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, números 8.323.781 y 10.156.161, asistidos por la abogada YUMELYS REYES PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.302.771, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.961, este Tribunal la admite y HOMOLOGA dicha Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal en los mismo términos y condiciones suscrito en el libelo de la demandada en los capitulo Primero, Segundo, Tercero Cuarto y Quinto de dicho escrito, y lo toma como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Suplente Especial,

Abg. Helen Palacio García
La Secretaria,

Abg. Marieugelys García Capella