REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : BP02-S-2007-001774
Habiendo intentado el ciudadano JOSE MARGARITA VILLAFRANCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.499.718, solicitud por TITULO SUPLETORIO, debidamente asistidoi por la abogado en ejercicio MARLIN JOHANNA MATA VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 120.464, a este Tribunal le correspondió por Distribución de fecha: 02 de Abril de 2.007, el conocimiento de la presente causa.
Por auto de fecha: 10 de Abril de 2.007, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud. Observando este Tribunal que esa fue la fecha de su última actuación de procedimiento en el presente juicio y que habiendo transcurrido un lapso mayor de un (1) año, sin que se haya efectuado ningún acto de procedimiento, considera este Juzgador, que se produjo la Perención de la Instancia, conforme al Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en su Encabezamiento, término de Perención totalmente consumado.
En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente causa con fundamento en la disposición legal antes citada. Así se decide. En Barcelona a los 03 días del mes de Marzo de 2009. Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria
Abg. Marieugelys García Capella
HPG/luyanny