REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO : BP02-S-2004-000948
Habiendo intentado la ciudadana TAMAIRA AUXILIADORA MEDINA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 6.549.111, solicitud por TITULO SUPLETORIO, a este Tribunal le correspondió por Distribución de fecha: 12 de Mayo de 2.004, el conocimiento de la presente causa.
Por auto de fecha: 17 de Mayo de 2.004, este Tribunal le dio entrada a la presente solicitud. Observando este Tribunal que esa fue la fecha de su última actuación de procedimiento en el presente juicio en la cual el Tribunal se abstuvo de admitirla hasta tanto la parte solicitante consignara los documentos de propiedad de la parcela de terreno sobre la cual se encuentran enclavadas las bienhechurias para las cuales requiere titulo, así como la autorización del propietario y que habiendo transcurrido un lapso mayor de un (1) año, sin que se haya efectuado ningún acto de procedimiento, considera este Juzgador, que se produjo la Perdida de Interés en la presente causa.
En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERDIDA DE INTERES en la presente causa por TITULO SUPLETORIO presentada por TAMAIRA AUXILIADORA MEDINA ROJAS, antes identificada . Así se decide. En Barcelona a los 06 días del mes de Marzo de 2009. Años: 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Juez Suplente Especial,

Abg. Helen Palacio García
La Secretaria
Abg. Marieugelys García Capella
HPG/luyanny