REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2008-002905
Vista la anterior solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y los anexos que le acompañan, presentada por los ciudadanos, EMILIA DE LOURDES GARCIA DE DOMINGUEZ, ADELA DEL VALLE DOMINGUEZ GARCIA, DETZI JOSEFINA DOMINGUEZ GARCIA y JOSE GREGORIO DOMINGUEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 1309038, 8462569, 8472815 y 10066964 respectivamente de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada Marjorie Yabrudy, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81167, mediante el cual solicita que sean declarados, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto LEOPOLDO RAFAEL DOMINGUEZ ROJAS, fallecido Ab-intestato el día 18/07/2008.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, plenamente identificados en las declaraciones los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de los solicitantes, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus” LEOPOLDO RAFAEL DOMINGUEZ ROJAS, a los ciudadanos antes mencionados en sus carácter de cónyuge e hijos, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA