REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2007-004593
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: EISMERY CRISTINA ARVELAEZ PADRINO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.678.058 de este domicilio, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal, que mide (249,50MTS2) ubicada en la calle San Vicente, Nº 14, sector San José El Tigre Estado Anzoátegui.- Dichas bienhechurias constan de una casa de cuatro habitaciones, una cocina, una sala, un baño.- Alinderada de la siguiente manera: Norte: Carmen Rojas.- SUR: Calle San Vicente que es su frente.- ESTE: Carmen Rojas y OESTE: Irma de Arvelaez.- El valor invertido es la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100,oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana EISMERY CRISTINA ARVELAEZ PADRINO, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA