REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000387
Vista la anterior solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y los anexos que le acompañan, presentada por el ciudadano ARMANDO TOVAR VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 505.713, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9747 actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MAGNA JOSEFINA MARCANO (vda) de DIAZ, ANDRES RAFAEL DIAZ MARCANO, RAFAEL JOSE DIAZ MARCANO, CARLOS ALBERTO DIAZ MARCANO, RAFAEL ENRIQUE DIAZ MARCANO y ROSA CRISTINA DIAZ SANES, domiciliados en Anaco Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, mediante el cual solicitan que sean declarados, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del extinto RAFAEL JOSE DIAZ LOPEZ, fallecido Ab-intestato el día 28/09/2008.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, plenamente identificados en las declaraciones los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de los solicitantes, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del “de cujus” RAFAEL JOSE DIAZ LOPEZ, a los ciudadanos MAGNA JOSEFINA MARCANO (vda) de DIAZ, ANDRES RAFAEL DIAZ MARCANO, RAFAEL JOSE DIAZ MARCANO, CARLOS ALBERTO DIAZ MARCANO, RAFAEL ENRIQUE DIAZ MARCANO y ROSA CRISTINA DIAZ SANES, antes mencionados en sus carácter de cónyuge e hijos, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
LA SECRETARIA,
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA