REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiséis de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000484
Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN PRAGEDES BELLO DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 4.912.254, asistida de abogado, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos ciudadanos: GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ BELLO, MAURO JOSE MARTINEZ BELLO, JUAN RAAEL MARTINEZ BELLO, JOSE GREGORIO MARTINEZ BELLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 9.813.330, 11.003.713, 12.075.293 y 12.819.866 respectivamente, y vistos asimismo los recaudos acompañados y cumplidos los requisitos ordenados en el auto de fecha 11 de marzo de 2009, así como las declaraciones de los testigos hábiles, mediante los cuales corroboradamente afirman acerca del cuestionario de preguntas a que se contrae la solicitud, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y les DECLARAN UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: CARMEN PRAGEDES BELLO DE MARTINEZ, GUSTAVO ADOLFO MARTINEZ BELLO, MAURO JOSE MARTINEZ BELLO, JUAN RAAEL MARTINEZ BELLO, JOSE GREGORIO MARTINEZ BELLO ya identificados, del fallecido MAURO JOSE MARTINEZ ARVELAIZ, quien fuera venezolano, y portador de la Cédula de Identidad Nº 2.419.814, fallecido ab-intestato en fecha 2 de diciembre de 2008.- Así se decide.- devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA