REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, cinco de marzo de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000572

Vista la solicitud presentada por la ciudadana LISMARY MORFE DE MEDINA venezolana, mayor de edad,, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.128.114, y de este domicilio, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias ubicadas en la Calle El Progreso, sin Nro, del sector 17 de Diciembre II de El Tigre, del Estado Anzoátegui.- Dichas bienhechurias consisten en una (1) casa constante de una cocina comedor, un baño,, y está construida de paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, y puertas y ventanas de hierro y un pozo séptico.- La mencionada parcela de terreno tiene los siguientes linderos; NORTE: Parcela de terreno y bienhechuría de Editor Asprilla; SUR: Parcela de terreno y bienhechuría de Pablo Carpio; ESTE: Calle El Progreso que es su frente, y OESTE Parcela de terreno Municipal.- El valor de las mencionadas bienhechurias es de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 8.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y les DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana LISMARY MORFE DE MEDINA ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA