REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, nueve de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000409
Vista la solicitud presentada por la ciudadana FRANCIS SANCHEZ CAVANERIO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.077.085, y domiciliado en San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias ubicadas en la Avenida Principal s/n El Palomar de San José de Guanipa. Dichas bienhechurias consisten en bases y pilares de concreto y cercada con paredes de bloques de cemento.- . La mencionada parcela de terreno tiene los siguientes linderos; NORTE: Con terreno que es o fue de Juan Meza; SUR: Con parcela que es o fue de Brika Sánchez; ESTE: Avenida Principal El Palomar que es su frente, y OESTE Con casa que es o fue de Ana Maria Contreras de Martin.- El valor de las mencionadas bienhechurias es de VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 2O.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos hábiles, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y les DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana FRANCIS SANCHEZ CAVANERIO ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA