ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2007-001160
PARTE ACTORA: ENRIQUE ANTEQUERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSIBEL REYES RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: TECNOCONSULT SERVICIOS DE OPERACION Y MANTENIMIENTO S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MIRAGLIS RAMOS.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 11 de marzo de 2009 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la abogado en ejercicio JOSIBEL REYES RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 100.815, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ENRIQUE ANTEQUERA, según se evidencia de instrumento Poder cursante a los autos, asimismo compareció la abogado en ejercicio MIRAGLIS RAMOS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.42.278, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil TECNOCONSULT SERVICIOS DE OPERACION Y MANTENIMIENTO S.A., según se evidencia de instrumento Poder cursante a los autos, dándose así inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de la siguiente manera: En este acto la representación judicial de la parte demandada, ofrece a la actora por todos los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, la cantidad global de SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON 00/CTMOS, (Bs.7.500,00), mediante cheque a nombre del ex trabajador dentro del QUINTO (5°), es todo, seguidamente y en este acto la representación judicial de la parte demandada, acepta en toda y cada una de sus partes, los conceptos y montos ofrecidos en los términos expuestos, declarando en nombre de mi representado no tener nada que reclamar por los conceptos derivados de la relación de trabajo que nos unió. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, vistas las facultades conferidas, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Ambas partes solicitan al Tribunal copia certificada de la presente acta.
Se hace entrega en este acto a las partes, las pruebas promovida por las partes, quienes reciben conforme.
La Juez


Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,


Abg. Isolina C. Vásquez S.






Los Presentes