ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2008-001214
PARTE ACTORA: JOSE LUIS PARUTA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JOSE GABRIEL GALVIS BARBERI
PARTE DEMANDADA: BETOS FUEL INYECTION, C.A.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS ALBERTO ANDA FRASSINETTI.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: ADRIANA A. DAGLIMANJIAN.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 4 de marzo de 2009 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos JOSE LUIS PARUTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.11.910.732, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE GABRIEL GALVIS BARBERI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.116.048, de igual forma compareció la abogado en ejercicio ADRIANA A. DAGLIMANJIAN, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.36.559, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil BETOS FUEL INYECTION, C.A., según se evidencia de autos, en su condición de parte actora y demandada, respectivamente, dándose así inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de la siguiente manera: En este acto la representación judicial de la parte demandada ofrece a la actora, por todos los conceptos reclamados, la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON 00/CTMOS, (Bs.1.500,00) pagaderos en este acto mediante cheque del Banco de Venezuela No.64059046, es todo, seguidamente y en este acto la parte actora y su abogado asistente, aceptan en toda y cada una de sus partes los conceptos y montos ofrecidos, en los términos expuestos, declarando no tener nada que reclamar por los conceptos derivados de la relación de trabajo que los unió, recibo conforme en este acto el aludido cheque, es todo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, conforme a las facultades conferidas, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se hace entrega en este acto a las partes, los escritos de pruebas promovidos, quienes reciben conforme.
La Juez


Abg. María José Carrión G.
La Secretaria,


Abg. Isolina C. Vásquez S.

Los Presentes