REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: BP02-V-2009-000685
Por recibida la solicitud de Divorcio y sus anexos, interpuesta por los ciudadanos: YDOLIVIA JOSEFINA MARQUEZ DE TABATA y EDISON ALEXANDER TABATA VALLADARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 8.285.299 y V- 8.284.288, respectivamente domiciliados en la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui debidamente asistidos por la abogada YUSBELIS SIFONTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 111.702, respectivamente, y fundamentada en las previsiones del Articulo 185-A del Código Civil y por cuanto la misma no es contraria al Orden Público, a las buenas o a alguna Disposición expresa de la Ley cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada.- Fórmese expediente.- Anótese en los Libros respectivos. En consecuencia Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui ADMITE y ordena 1.- ) Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial que conozca de esta materia, para que en un lapso de diez (10) días de Despacho contados a partir de su notificación manifieste al Tribunal su opinión acerca de la presente solicitud.- Líbrese boleta de Notificación y acompáñese copia certificada de la solicitud presentada.- Cúmplase.- En cuanto a los Atributos de Guarda, Obligación Alimentaria y Régimen de Visitas de la Niña y el adolescente: XXXXXXXXXX, propuesto de común acuerdo por ambos cónyuges, este Tribunal se reservará la oportunidad de dictar sentencia para proceder a su homologación.
La Juez Suplente Especial Nº 01.
Abogado Santa Susana Figuera
La Secretaria Acc
Abogado Aurymar Caraballo
NOTA: Conforme a lo ordenado en el auto anterior, se libro la Boleta respectiva y junto con las copias certificadas se le entregó al alguacil del tribunal, a los fines de Ley.- Conste.
La Secretaria Acc
Abogado Aurymar Caraballo
SSF/carmen