REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: BP02-V-2009-000747
Por recibida la anterior solicitud de RÉGIMEN de RESPONSABILIDAD de CRIANZA (CUSTODIA), propuesta por la Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abogada EGRIS LIRA ZAMBRANO, actuando en representación de los niños. Désele entrada. Admítase. Cítese por medio de boleta a la ciudadana SUGEIDY DEL CARMEN RINCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.359.810, domiciliada en Puente Ayala, Calle N° 03, Sector Los Unidos, Casa N° 235, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) de Despacho siguiente a su citación, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a dar contestación a la referida solicitud. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), será el Acto Conciliatorio. Asimismo acuerda practicar un Informe Integral, a los ciudadanos PEDRO JESUS REYES YEGUEZ y SUGEIDY DEL CARMEN RINCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.253.807 y V-17.359.810, respectivamente, domiciliado el primero de los nombrados en Puente Ayala, Calle 03, Sector Unidos, Casa N° 135, Barcelona, Estado Anzoátegui, y la segunda domiciliada en Puente Ayala, Calle N° 03, Sector Los Unidos, Casa N° 235, Barcelona, Estado Anzoátegui, a través del Equipo Multidisciplinario de este Despacho. Entréguesele la boleta de citación al Alguacil asignado a este Juzgado, a los fines de que sea practicada la citación de la demandada. Líbrese boleta y oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL. SALA N° 02.
Dra. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en el. Conste.-
LA SECRETARIA.
Abg. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/LETICIA C.