REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de Marzo de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: BP02-R-2009-000078.
PARTE ACTORA RECURRENTE: ciudadana LINO ROMERO, titular de la cédula de identidad nro. 10.091.428.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA RECURRENTE: CARLOS CORVO SALAZAR, MAURO SILVA, ROSA ELVIRA FACENDO y RODOLFO GUIETIRREZ OLAVE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 98.139, 93.027, 53.134 y 37.096, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: GERENCIA 2000 C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 17 de Octubre de 2000, bajo el Nro. 49, Tomo A-79.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: SANDRO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 49.098.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN EJERCIDO POR LA PARTE DEMANDANTE CONTRA LA DECISION DICTADA POR EL TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, SEDE EL TIGRE, EN FECHA 04 DE FEBRERO DE 2009.
En el día hábil de hoy, treinta de Marzo de 2009, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de parte en la presente causa, se deja constancia que se encuentran presentes la Juez Temporal, Abg. Carmen Cecilia Fleming, la Secretaria del Tribunal Abg. Fabiola Pérez, el alguacil designado. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante recurrente, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Seguidamente, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, al evidenciar la anterior circunstancia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: De conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la decisión dictada por Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con Sede en la ciudad de El Tigre, en fecha 04 de Febrero de 2009, la cual queda CONFIRMADA. Se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 715857, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° 11.904.682. Se ordena agregar a los autos el video grabación del presente acto. Se acuerda la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,
Abg. Fabiola Pérez.
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