REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencia y Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui- Barcelona
Barcelona, 3 de Marzo de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-005945
ASUNTO BP01-P-2008-005945
AUTO MODIFICANDO PERIODICIDAD DE PRESENTACIONES
Visto el escrito presentado por la Abg. Augusta Sofía Rincón Cedeño, Defensora Pública Segunda en Materia de Violencia Contra la Mujer de este Estado, asistiendo al imputado CESAR ARTURO GUANARES, cédula de identidad Nº 13.913.352, mediante el cual solicita a este Tribunal, se acuerde a favor de su defendido las presentaciones ante este Despacho cada cuarenta y cinco (45) días, en virtud de presentar constancia de trabajo de fecha 18 de febrero de 2009, suscrita por la ciudadana Lilirroch Mata, Jefa de la División de Personal del Instituto Autónomo Policía del Estado Anzoátegui, donde se refleja que el mencionado imputado ejerce funciones como Distinguido en esa institución policial, este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, acuerda, de conformidad con dicha solicitud y en vista de la constancia aportada, modificar la periodicidad de la medida cautelar de presentación a cuarenta y cinco (45) días, en lugar de cada treinta (30) días como fuera previamente decidido, . Notifíquese. Cúmplase.
El Juez
Dr. GUSTAVO ADOLFO SANTELIZ FURZÁN
La Secretaria
Abog. YOSICAR DUERTO