REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 21 de mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2009-002571
ASUNTO : BP01-P-2009-002571
Visto el escrito presentado por el DRA. INGRID VARGAS MAESTRE, actuando en su condición de Fiscal Auxiliar Sexta Encargada de la Fiscalia Primera del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual solicita sea DECRETADA ORDEN DE APREHENSION, al ciudadano: CARLOS EDUARDO SILVA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del hoy occiso HORACIO JOSE ZURITA, en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia, a los fines de decidir sobre dicha solicitud observa:
LOS HECHOS
“…en fecha 28 de Diciembre de2005 esta Representación Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, dictó Orden de Inicio de Investigación en la causa signada con el número H-998-405, nomenclatura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, e virtud de haber tenido conocimiento de la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas (HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES) en perjuicio del ciudadano: HORACIO JOSE ZURITA… hecho ocurrido el día 09 de Mayo de 2009, aproximadamente a las 07:30 horas de la mañana, en la Calle Fortuna, casa S/N sector el paraíso, Puerto la cruz, del Estado Anzoátegui…”.
Cursa en las actuaciones presentadas por la Vindicta Pública los siguientes elementos de convicción:
1.- DENUCNCIA NRO. 01 H-998-405 Interpuesta por la ciudadana YERALDIS COROMOTO GUERRA DE ZURITA, cedula de identidad Nº V- 15.247.942, “ Comparezco por ante este Despacho con la finalidad de denunciara un sujeto de Nombre CARLOS EDUARDO SILVA C.I V- 13.751.602, quien el día sábado 09/05/09, a las 07:30 horas de la mañana, le proporciono cinco puñaladas a mi esposo de nombre ZURITA HORACIO JOSE, en diferente partes del cuerpo, por lo que tuve que ser intervenido quirúrgicamente en le Hospital Luis Razetti de Barcelona, pero falleció el día de hoy 17/05/09, a las 10:30 horas de la mañana…”.
2.- ACTA DE INVESTIGACIÓN de fecha 17 de Mayo 2009, de 2005, suscrita por el Funcionario FRANK BOTTINI, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub-Delegación de Puerto la Cruz, en la cual deja constancia de las circunstancias del hecho investigado en los siguientes términos:
“…encontrándome de guardia… y prosiguiendo con las actas procesales signadas con el número H-998.405… por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS (HOMICIDIO), me traslade e compañía del funcionario JUAN TORO Y AGENTE JUAN SANOJA… hacia el Hospital Luis razetti de Barcelona…a fin de realizar las Primeras pesquisas en relación a la presente averiguación…sostuvimos entrevista con el galeno de guardia en dicho centro asistencial, quien manifestó que en horas de la mañana del día 12/05/09 ingreso a la emergencia de este Hospital un ciudadano que quedo registrado en los libros como HORACIO ZURITA, presentando varias heridas producidas por arma blanca, muriendo en horas de mediodía de hoy 17/05/09, por lo que fue trasladado a la morgue del referido Nosocomio, por lo que nos trasladamos al referido lugar…por lo que el funcionario antes mencionado procedió a realizar al respectivo inspección Técnica, lográndole apreciar las siguientes heridas: Una (01) en la región de la oreja izquierda, Una (01) en la región occipital izquierda, una (01) en la región parietal izquierda, una (01) en la región lateral del cuello izquierda, producidas por arma blanca, terminada dicha diligencia, acto seguido nos trasladamos hasta la calle Fortuna Sector el Paríos de esta Ciudad, a fin de realizar las siguientes inspección del sitio, ubicar a esta persona alguna que tiene conocimiento del echo que se investiga, e identificar plenamente al ciudadano CARLOS SILVA, investigado en la causa que nos ocupa…sostuvimos entrevista con la ciudadana TORRES DORIS MAIGUALIDA…titular de la cedula de identidad V-14.316.911, quien manifestó ser vecina del hoy occiso y testigo presencial del echo que se investiga…consecutivamente el funcionario JUAN SANOJA, procedió a realizar la respectiva inspección del sito del echo, terminada la misma realizamos un recorrido por las adyacencias del referido lugar en busca de personas investigadas en la presente causa…sostuvimos entrevista con el ciudadano CARLOS EDUARDO SILVA…titular de la cedula de identidad Nº V-13.751.602…quien manifestó ser la persona requerida por la comisión por lo que realice llamada telefónica a la sala de análisis y seguimiento de la información…luego de suministrar los datos y luego de breve espera del Tribunal de Control numero 2 de Barinas, estado Barinas, según expediente numero EP01-C-2006-000009 d fecha 05-03-08, por le delito de revocatorio de beneficio de destacamento de trabajo y presenta un registro Policial por el delito HOMICIDIO INTENCIONAL…oído esto el funcionario JUAN TORO, por la seguridad que el caso amerita…se le impuso del delito que se le imputa ( REVOCATORIO DE BENEFICIO DE DESTACAMENTO DE TRABAJO), y procedimos a su detención, acto seguido procedimos a trasladar a la persona hasta la sede de nuestro despacho…, terminada dicha diligencia se le informo a la superioridad de las diligencias practicadas, y se le realizo llamada telefónica a la Fiscal Primero a fin de notificarle la detención del ciudadano Investigado en la presunta causa. Consigno mediante la presenta acta de Investigaciones las inspecciones realizadas.”
3.- INSPECCIÓN Nº 973: practica en fecha 17-05-2009…, “ En el precitado lugar, sobre una camilla metálica tipo móvil yace el cadáver de una persona de sexo masculino en posición de decubito dorsal presentando las siguientes características: piel de color claro, ojo de color pardo oscuro, tipo redondo, labios gruesos, de un metro setenta cm ( 1.78) de estatura de contextura fuerte…, el mismo queda registrado en el libro de ingreso de esta morgue: HORACIO JOSE SURITA, de nacionalidad Venezolana, nacido en fecha 17-04-1976, titular de cedula de Identidad 14.441.374, se deja constancia que se le practico su correspondiente necrodactilia con el fin de verificar su identidad asismo se tomo fotografías de carácter general identificativa”.
4.- INSPECCIÓN nº 974, practicada en fecha 17-05-2009, suscrita por los funcionarios JUAN SANOJA y FRAN BORTTINI…, lugar donde se produjo el hecho en el que se dejo constancia de la siguiente diligencia “ trátese de un sitio de suceso de los denominados abierto, correspondiente a un tramo de la vía publica de las llamadas calles, la cual permite el paso Vehicular y peatonal en sentido norte / sur y viceversa, con un plano superficial de forma horizontal en toda su extensión presentando una capa asfáltica en su totalidad avistando a su alrededor de la calle poste de alumbrado publico y vivienda del tipo unifamiliar de deferentes estructuras y color, dicha calle presenta gran afluencias de vehículos, así como personas se aprecia temperatura de ambiente fresca, e iluminación natural optima, todos estos aspectos fiscos presente para el momento de realizar la respectiva inspección técnica policial.
5.- ACTA DE ENTREVISTA, de 17-05-2009, a la ciudadana : MAIGUALIDA TORRES NORIS, Venezolana titular de cedula de Identidad: nº 14.316.911.. “ Resulta que el día sábado 09-05-2009, como a eso de las sietes horas de la mañana, un sujeto de nombre Carlos Eduardo Silva, le metió varias puñaladas a mi vecino de nombre HORACIO JOSE ZURITA, con un pico de botella entonces Horacio salio corriendo y callo en frente de mi casa, por lo Carlos Silva logro alcanzarlo y le metió varias puñaladas por la espalda de pronto Horacio como pudo se levanto y salio corriendo en brusquedad de ayuda pues necesitaba que lo llevaron a u medico, siendo llevado por una señora que iba pasando por el lugar, hasta el Hospital Luis Razetti, donde lo tuvieron que operar de emergencia por el estado delicado de las heridas que sufrió, pero resulta que el día de hoy tuve conocimiento que Horacio habia muerto, por medio de una comisión de este cuerpo de Investigación que el dia de hoy se presento en el lugar donde ocurrió el hecho, quienes también me hicieron entrega de una boleta de citación para que viniera a rendir entrevista en relaciona alo ocurrido.
Por lo que resulta acreditada la existencia de un hecho punible de acción pública que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no está evidentemente prescrita, así como suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano CARLOS EDUARDO SILVA, es el autor del hecho punible precalificado como HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado ordinal 1º del articulo 406 y 406, Ordinal 1º en relación con el 80 ultimo aparte del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del hoy occiso HORACIO JOSE ZURITA; en consecuencia, considera este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de guardia DECRETA ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO SILVA. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, por encontrarse de Guardia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO SILVA, titular de la cédula de identidad Nº 13.751.602, natural de El Tigre, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 04/02/1979, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, residenciado en el cerro Bello Monte, casa S/N. sector el Paraíso de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado ordinal 1º del articulo 406 y 406, Ordinal 1º en relación con el 80 ultimo aparte del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del hoy occiso HORACIO JOSE ZURITA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de captura y oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones
Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Puerto la Cruz, con el objeto de que practiquen la captura del referido ciudadano y una vez dado estricto cumplimiento y lograda la captura del mismo, se servirán dejarlo recluido en la Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, a la orden de este Juzgado, a quién se permitirá notificar con carácter URGENTE. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 02 (GUARDIA),
DR. ALBERTO VALDEZ
LA SECRETARIA DE GUARDIA,
ABG. DESIREE LAMAS