REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 22 de mayo de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2008-005653
ASUNTO : BP01-P-2008-005653


Visto el escrito presentado por los Abogados, CARMEN ANGELICA MORENO CORONEL, BRINER ALI DABOIN ANDRADE y BETSI M. ANDRADE SAAVEDRA, actuando en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliares de la Fiscalia Vigésima Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la cual solicitan el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de los ciudadanos JORGE LUIS RODRIGUEZ REAL, JUAN CARLOS RODRIGUEZ LEAL, ISABEL CRISTINA BARROETA TEPEDINO, DALIA HERNANDEZ ROSALES y MIGUEL ARSA. Este Tribunal a los fines de decidir, previamente observa y considera:

Se inicia la presente investigación en fecha 30 de noviembre de 2.008, según actuaciones cursante a los folios once (11), doce (12) y trece (13) de la causa, suscrita por los funcionarios SUB-TENIENTE CESAR CARABALLO ELIANT, SARGENTO SEGUNDO MEDINA NELO HECTOR EDUARDO, SARGENTO SEGUNDO SULBARAN CASTELLANO AUDRENIT CAROLINA, SARGENTO SEGUNDO ROMERO RODRIGUEZ BETTY MARIA y SARGENTO SEGUNDO SALAZAR MONTES, quienes entre otras cosas dejan constancia de lo siguiente:

“…siendo aproximadamente las 04:00 horas de la mañana llegué… a Boca de Uchire cumpliendo instrucciones de mi comando… a los fines de apoyar una operación del Comando Antidrogas… a los fines de procesar información que se obtuvo mediante una llamada telefónica… donde se informó que en una posada de esa localidad se estaba efectuando una fiesta “RAVE”… llegué al lugar y en compañía de los efectivos nos acercamos al sitio denominado Posada la Mansión de Georgette percatándonos de que se estaba efectuando una fiesta a la orilla de la playa… procedimos a buscar una mujer delgada de pelo largo de piel morena que presuntamente estaba vendiendo sustancias estupefacientes y psicotrópicas… observamos a una mujer de características similares que estaba acompañada de un hombre de baja estatura de piel blanca, sin camisa y con tatuajes… nos acercamos… los detuvimos… la Sargento… Romero Rodríguez Betty… procedió a revisarla… encontrándole un bolso de color azul contentivo en su interior de unas pastillas con presentación de cebion, una pequeña porción compacta de restos de hojas y semillas que se asemejan a una droga denominada marihuana que pesó 50 gramos aproximadamente, otra porción de restos de hojas y semillas que se asemejan a una droga denominada Marihuana que pesó 7 gramos aproximadamente, nueve… pastillas con un peso aproximado total de 1 gramo, dieciocho… estampillas que se presume son de LSD, un baucher del banco banesco N° 258215757, un baucher del banco banesco N° 258431657, una tarjeta del SENIAT a nombre de Volcan Parra Dayana Trinidad… una cédula de identidad N° 13.135.868… una foto y un carnet de estudiante a nombre de Flores Volcán Sian José… la cantidad de dos mil doscientos cuarenta y cuatro… bolívares distribuidos de la siguiente manera: cuatro (04) billetes de cien bolívares… diecisiete… billetes de cincuenta bolívares…cuarenta y siete… billetes de veinte bolívares… cinco… billetes de diez bolívares… dos… billetes de dos bolívares… se detuvo al ciudadano que la acompañaba quedando identificado como Vásquez Guevara Ricardo… se deja constancia que el ciudadano… dijo… que parte de la sustancia que tenía la ciudadana Dayana Trinidad Volcán Parra era de él; Cursa a los folios catorce (14) al dieciséis (16) Acta de Investigación Penal, de fecha 30 de noviembre de 2008, suscrita por los funcionarios ESPINOZA SANCHEZ ELEAZAR, PEÑA ESCOBAR JHONNY, EMILDER LINAREZ GALINDEZ y MEJIAS GONZALEZ ENDER, quienes dejan constancia de lo siguiente: “…siendo aproximadamente las 05:00 horas de la mañana, se procedió a dirigirse a una Posada en la localidad de Boca de Uchire… a los fines de procesar información que se obtuvo mediante llamada telefónica… donde se informó que en una posada… se estaba efectuando una fiesta “RAVE” y que en la misma se estaba vendiendo y consumiendo sustancias estupefacientes y psicotrópicas… se le indicó a las personas que salieran de las habitaciones… el encargado de la Posada quedando identificado como Juan Carlos Rodríguez… dijo que había una fiesta allí donde habían aproximadamente unas cien personas… se encontró en un plato blanco restos vegetales entre semillas y hojas de aspecto y olor similar a una droga denominada Marihuana… encontrándose dentro de un bolso de color verde manzana intenso una bolsa de plástico transparente con restos vegetales entre semillas y hojas de aspecto y olor similar a una droga denominada Marihuana que al ser pesado dio un peso de 15 gramos… dentro de una maleta de color negro se encontró… una cédula de identidad… y la cantidad de mil setecientos ocho… bolívares fuertes… en otra habitación… se inspeccionó… encontrándose un arma tipo rifle, calibre 22… se llamó al propietario de un vehículo tipo camioneta marca Hyunday, modelo Tucson… quien quedó identificado como Ascanio González… en la puerta del conductor había una bolsa plástica transparente contentiva en su interior de restos vegetales entre semillas y hojas de aspecto y olor similar a una droga denominada Marihuana… se revisó un vehículo Ford Ka y dentro del mismo había un monedero de la ciudadana Catherine Daniela Guevara… dentro… se encontró una bolsa plástica con dos… pastillas con el símbolo de la marca PLAYBOY… dando un resultado positivo para una droga denominada éxtasis… se procedió a inspeccionar corporalmente al ciudadano Luís Enrique Marcicobetre… se le encontró dos pastillas de presunto éxtasis; Cursa a los folios dieciocho (18) al veintiuno (21) de la causa Acta de Investigación Penal, de fecha 30 de noviembre de 2.008, suscrita por los funcionarios HERNANDEZ HIDALGO JACKSON y MEJIAS GONZALEZ ENDER LUIS, quienes dejan constancia de lo siguiente: “…siendo las aproximadamente las 07:30 horas de la mañana… se procedió a realizar revisión a una serie de carpas que se encontraban a orillas de la playa… para un total de once (11) carpas… en la carpa N° 1… se logró incautar la cantidad de un… pequeño envoltorio regular confeccionado en papel blanco contentivo en su interior de restos vegetales… de la presunta droga denominada marihuana… dos envoltorios pequeños elaborados en material plástico de color negro contentivo en su interior de una sustancia en polvo de color blanco… de la presunta droga denominada COCAINA… y una cajetilla de cartón de color negro… contentivo en su interior de papel rolling, carpa N° 2… la cantidad de dos… bolsas plásticas transparentes de color blanco y rojo… un cigarrillo o tabaquito de papel blanco, una boquilla de papel… contentivos en su interior de restos vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA… carpa N° 3 dos etiquetas adhesivas de diversos colores… carpa N° 4 una… pipa artesanal… y una boquilla de madera… se pudo observar restos vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA… Carpa N° 5… tres… etiquetas adhesivas de color negro, verde y blanco… se trataba de la droga denominada DI ETILAMINA DEL ASIDO LISERGICO (LSD), un estuche de plástico transparente … tres yesqueros… y un recorte de papel blanco… carpa N° 6… se logró incautar una cartuchera de color blanco… contentiva en su interior de restos vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA… carpa N° 7… la cantidad de un bolsito pequeño tipo monedero… cuatro… envoltorios pequeños elaborados en aluminio y un envoltorio pequeño… contentivo en su interior de restos vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA, una bolsa plástica transparente… contentivo en su interior de dos… tabaquitos… contentivos en su interior de de restos de vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA… carpa N° 8… una bolsa plástica transparente… contentivo en su interior de restos vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA… carpa N° 9… una… bolsa plástica transparente… contentiva en su interior de restos vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA… carpa N° 10… una cajetilla de metal… contentiva en su interior de restos vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA… carpa N° 11… se logró incautar la cantidad de una cartuchera… contentiva en su interior de restos vegetales… de la presunta droga denominada MARIHUANA y una… bolsa plástica transparente… contentiva en su interior de cuatro… envoltorios cilíndricos… contentivo en su interior de restos vegetales de la presunta droga denominada MARIHUANA…; Cursa a los folios sesenta y ocho (68) y sesenta y nueve (69) de la causa ACTA DE INSPECCION DE SUSTANCIA, de fecha 30 de noviembre de 2.008, suscrita por los funcionarios ELEAZAR EDUARDO ESPINOZA, PEÑA ESCOBAR JHONNY, EMILDER LINAREZ GALINDEZ y MEJIAS GONZALEZ ENDER…; Cursa a los folios setenta (70), setenta y uno (71) y setenta y dos (72) de la causa ACTA DE INSPECCION DE LA SUSTANCIA INCAUTADA, de fecha 30/11/2008. Actas corroboradas con ACTA DE ENTREVISTA de fecha 30/11/2008, tomada a la ciudadana MARBINA MARGARITA RIVERO INFANTE, quien expuso: “…se me acercó un funcionario… me pidió el favor para que sirviera como testigo… al llegar a la posada nos dirigimos hacia los alrededores de la playa donde había una especie de fiesta al aire libre con poca luz… los funcionarios sacaron a una muchacha y a un muchacho… los trasladaron hasta el interior de la posada… un bolso de color azul el cual pertenece a la muchacha y una cartera marrón… la muchacha dijo que si tenía pero marihuana… se pudo observar envoltorios de presuntas drogas, etiquetas, calcomanías y unas píldoras pequeñas…”; Acta de Entrevista de fecha 30/11/2008, tomada al ciudadano SAMUEL DAVID MONTAÑA SILVA, quien expuso: “… al llegar a la posada nos dirigimos hacia los alrededores de la playa donde había una especia de fiesta al aire libre con poca luz… sacaron a una muchacha y un muchacho… los trasladaron al interior de la posada… en un bolso de color azul… y una cartera… la muchacha manifestó que si tenía pero marihuana… tenían dentro del bolso y la cartera… envoltorios de presuntas drogas, etiquetas, calcomanías y unas píldoras pequeñas…; Acta de Entrevista de fecha 30/11/2008, tomada a la ciudadana YASMELIS CIPRIANA PECHE FLORES, quien expuso: “…nos trasladamos hacia una posada identificada con el nombre de Posada Mansión Georgette… cuando entré al lugar… al entrar a la primera habitación en la entrada a mano izquierda encontramos sobre un… plato de losa color blanco… una pequeña porción de restos vegetales entre semillas y hojas similares a la droga denominada marihuana y al lado se encontraba un… papelillo de rolinpaiper…en el espaldar de la cama… dentro de un bolsito… se encontró una porción de restos vegetales entre semillas y hojas similares a la droga denominada marihuana… un bolso de color verde manzana… contentiva en su interior de restos vegetales entre semillas y hojas similares a la droga denominada marihuana… un monedero… una maleta… la cual tenía en su interior la cantidad de mil setecientos ocho… bolívares fuertes…”

Igualmente se destaca, acta de Entrevista de fecha 30/11/2008, tomada al ciudadano JUNIOR ALEXANDER GONZALEZ TONITO, quien expuso: “…nos fuimos a la posada…a la habitación numero 1 donde encontramos marihuana y otros objetos más… la segunda habitación… también se encontró marihuana y dinero en efectivo… en un ford ka se encontró una cartera que tenía pastillas…”; acta de Entrevista de fecha 30/11/2008, tomada al ciudadano RIVERO INFANTE MARBINA MARGARITA, quien expuso: “…nos trasladamos hasta la posada… comenzamos con la revisión, en alguna de las carpas conseguimos envoltorios, pipas, etiquetas…”; acta de Entrevista de fecha 30/11/2008, tomada al ciudadano MARQUEZ ARRIOJAS ROSBERT DE JESUS, quien expuso: “…nos trasladamos hasta la posada… al llegar hasta las carpas… comenzamos la revisión… en algunas de las carpas conseguimos envoltorios, pipas, etiquetas…”; Acta de Entrevista de fecha 30/11/2008, tomada al ciudadano JONATHAN LUIS PORTILLO, quien expuso: “…al llegar a una posada… fuimos al lugar donde se encontraban las carpas… en algunas de las carpas conseguimos pipas, etiquetas…”; acta de Entrevista de fecha 30/11/2008, tomada al ciudadano SAMUEL DAVID MONTAÑA SILVA, quien expuso: “…al llegar a la posada… fuimos… donde estaban las carpas… en algunas de las carpas conseguimos envoltorios, pipas, etiquetas…”; también cursa en la presente causa ACTA DE ENTREGA de fecha 01/12/2008; registro de Cadena de Custodia; Fotocopias de cédulas de identidad, carnets, fotografía, licencia para conducir, baucher del banco banesco, entre otros, así como al dinero incautado en el procedimiento.

Así las cosas, observa este órgano jurisdiccional que los ciudadanos JORGE LUIS RODRIGUEZ REAL, JUAN CARLOS RODRIGUEZ LEAL, ISABEL CRISTINA BARROETA TEPEDINO, DALIA HERNANDEZ ROSALES y MIGUEL ARSA LEON, plenamente identificados en autos, fueron investigados y acusados por el Ministerio Publico en fecha: 18 de Enero de 2009, por la comisión de los delitos de ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionada en el Articulo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COOPERADOR para los ciudadanos JORGE LUIS RODRIGUEZ REAL, JUAN CARLOS RODRIGUEZ LEAL, ISABEL CRISTINA BARROETA TEPEDINO, DALIA HERNANDEZ ROSALES, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en relación con el articulo 83 del Código Penal Venezolano, con las circunstancias agravantes en el ordinal 6to del Articulo 46 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y el delito de LEGITIMACION DE CAPITALES, previsto y sancionado en el Articulo 4 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; y en cuanto a MIGUEL ARSA LEON, por la comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Articulo 34 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Posteriormente se constata que en fecha 19-05-09 se consigna la reforma de la acusación con solicitud de sobreseimiento de la causa presentado a favor de los acusados JORGE LUIS RODRIGUEZ REAL, JUAN CARLOS RODRIGUEZ LEAL, ISABEL CRISTINA BARROETA TEPEDINO, DALIA HERNANDEZ ROSALES y MIGUEL ARSA, por la comisión del delito de LEGITIMACION DE CAPITALES, previsto y sancionado en el Articulo 4 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada; de igual manera para los imputados ISABEL CRISTINA BARROETA TEPEDINO, DALIA HERNANDEZ ROSALES y MIGUEL ARSA por la comisión del delito de ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, previsto y sancionada en el Articulo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, y el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS EN GRADO DE COOPERADOR, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Verificadas las actuaciones habidas en el presente caso si bien es cierto consta de las actas determinados movimientos bancarios en entidades diferentes tales como Banco Mercantil y Banco Banesco, no es menos cierto que existe en nuestro país una diversidad de Entidades Bancarias las cuales fueron obviadas por la representación fiscal como sinónimo de una seria investigación fiscal, por lo que este Tribunal considera que no se encuentra debidamente desvirtuado el delito de LEGITIMACION DE CAPITALES, previsto y sancionado en el articulo 4º de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, en relación a la participación de estos ciudadanos aunado a que llama poderosamente la atención a este Tribunal, que luego de que el propio Ministerio Público consideró como demostrados los delitos citados acusando a los mentados imputados por la comisión de los mismos, cambia su opinión repentinamente no verificándose de las actas, elemento novedoso ninguno que condujera a esta juzgadora a justificar la presente solicitud, no variando las circunstancias habidas en actas desde que se acusó el 18 de enero de 2009 (pieza 2, folios 252 al 267), a los mentados por los mismos delitos que hoy nos ocupan (thema decidendum) hasta el momento de la reforma de ese escrito acusatorio el 19 de mayo de este mismo año; con la agravante de que no se soporta ningún tipo de justificativo con el cambio de criterio fiscal de no continuar con la acusación por esos delitos en relación a esos imputados refiriendo solo una doctrina fiscal del 17 de abril de 2002, según oficio 2-14-133-2002 el cual solo refiere que puede darse “el cambio de calificación jurídica o variarse la clasificación del tipo penal básico en la audiencia preliminar”, pero nada señala en cuanto a la situación concreta de acusar y luego reformarse la acusación para sobreseer.

Dicho lo anterior, forzosamente concluye quien aquí decide, que NO DEBE ACEPTARSE, el escrito interpuesto en fecha 19-05-2009 por los Abogados, CARMEN ANGELICA MORENO CORONEL, BRINER ALI DABOIN ANDRADE y BETSI M. ANDRADE SAAVEDRA, actuando en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliares de la Fiscalia Vigésima Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, en la cual solicitó el Sobreseimiento de la Causa, contenido en el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto favor de los ciudadanos JORGE LUIS RODRIGUEZ REAL, JUAN CARLOS RODRIGUEZ LEAL, ISABEL CRISTINA BARROETA TEPEDINO, DALIA HERNANDEZ ROSALES y MIGUEL ARSA LEON.

En base a lo anterior, se concluye con que lo ajustado a derecho es REMITIR copias certificadas de la REFORMA DE LA ACUSACIÓN el cual refiere en su Capitulo VII la referida solicitud de Sobreseimiento de la causa a favor de los referidos imputados citados anteriormente, a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a tenor de lo previsto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual señala entre otras cosas lo siguiente:

“…Si el juez no acepta la solicitud de sobreseimiento, enviara las actuaciones al Fiscal Superior del Ministerio Publico, para que mediante pronunciamiento motivado, ratifique o rectifique la petición fiscal. Si el Fiscal Superior del Ministerio Publico ratifica el pedido de sobreseimiento, el juez lo dictara pudiendo dejar a salvo su opinión en contrario…”
Así las cosas, se remite la presente solicitud al Fiscal Superior del Ministerio Público, a los fines antes expuestos y una vez devuelta la misma se procede a emitir el pronunciamiento a que haya lugar.

DECISIÒN

En base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control nº 4 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite un único pronunciamiento: no acepta el escrito interpuesto en fecha 19-05-2009 por los Abogados, CARMEN ANGELICA MORENO CORONEL, BRINER ALI DABOIN ANDRADE y BETSI M. ANDRADE SAAVEDRA, actuando en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliares de la Fiscalia Vigésima Séptima del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, mediante el cual solicitó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en base a lo previsto en el artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto favor de los ciudadanos JORGE LUIS RODRIGUEZ REAL, JUAN CARLOS RODRIGUEZ LEAL, ISABEL CRISTINA BARROETA TEPEDINO, DALIA HERNANDEZ ROSALES y MIGUEL ARSA LEON.

Remítanse copias certificadas de la REFORMA DE LA ACUSACIÓN el cual refiere en su Capitulo VII la referida solicitud de Sobreseimiento de la causa a favor de los referidos imputados citados anteriormente, a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a tenor de lo previsto en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese, oficiese y remítase lo conducente debidamente compulsado.
LA JUEZ (T) DE CONTROL No. 04

ABG. FRANCIS SANCHEZ
LA SECRETARIA,

ABG. MARGOT RODRIGUEZ