REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : BP02-F-2008-000802
Visto el escrito de fecha diecinueve (19) de mayo, suscrita por el ciudadano MIGUELANGEL ACUÑA LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.188.042, debidamente asistida por el abogado JUAN CARLOS GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 120.597, por una parte y por la otra, la ciudadana LIZETH COROMOTO COLON MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.807.042, asistida por el abogado en ejercicio FRANCISCO ANTONIO PATIÑO MUÑOZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 93.008, y el Convenimiento suscrito en dicho escrito, este Tribunal conforme a lo solicitado por ambas partes en el mismo, HOMOLOGA el Convenimiento en los mismos términos y condiciones por ellos convenidos, y lo toma como Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria,
Abg. Marieugelys García Capella
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