REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000886

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JOSE LIBARDO RODRIGUEZ , Colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 81.080.750, domiciliado en la Calle Zoilo Vidal N° 69 sector Casco Viejo El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno de su propiedad que mide (281,64mts2), ubicada en la dirección antes mencionada.- Dichas bienhechurias consta de una casa construida de bloque de cemento, techo de acerolit, piso de cerámica y terracota, ventanas de hierro, constante de siete habitaciones, una sala-comedor, tres baños, una cocinas, un garaje, cercada totalmente con paredes de bloque de cemento.- Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Calle Zoilo Vidal que es su frente: SUR: Casa de la señora María Romero; ESTE: Casa del señor Santos Fuentes: y OESTE: Casa del señor Rosmel García.- El valor invertido es la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000, oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce el ciudadano JOSE LIBARDO RODRIGUEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA