REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, catorce de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL: BP12-S-2009-000742
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: XIOMALY DUBRASKA MARTINEZ VASQUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.389.958, domiciliada en la Carrera 10 entre Calle Nueve y Diez Pueblo Nuevo Sur casa N° 10 El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, sobre una parcela de terreno propiedad municipal que mide (322,34mts2), ubicada en la Carrera 10 entre Calle Nueve y Diez Pueblo Nuevo Sur casa N° 10 El Tigre Estado Anzoátegui.- Dichas bienhechurias consta de una casa de paredes de bloque de cemento, friso liso, techo de acerolit, piso de cerámica, una sala-comedor, una cocina, tres habitaciones dos baños con sus respectivos accesorios.- Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa que es o fue de Tomas Aguilera, midiendo catorce metros cuadrados con veinte centímetros (14,20 mts2); SUR: Carrera Diez Sur, midiendo catorce metros cuadrados con veinte centímetros (14,20 mts2); ESTE: Casa que es o fue de Aurelia Casanova, midiendo veintidós metros cuadrados con setenta centímetros (22,70 mts2); y OESTE: Casa que es o fue de Ortensia González midiendo veintidós metros cuadrados con setenta centímetros (22,70 mts2).- El valor invertido es la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,oo) , y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana XIOMALY DUBRASKA MARTINEZ VASQUEZ, sobre las antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abg. MARIANELA QUIJADA ESTABA