JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSE DE GUANIPA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, EL TIGRE.


ASUNTO: BP12-S-2009-000989
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (DECRETO DE TITULO SUPLETORIO)
PROCEDIEMINTO: CIVIL - JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
MOTIVO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTES: RAFAEL JOSE ORDAZ ADRIAN, titular de la cedula de identidad No. V-4.504.020, asistido por el ciudadano ABG. JOSE GREGORIO CAMPOS GERDEL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 87.091.

Vistas y analizadas las actas procesales que conforman la presente Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana RAFAEL JOSE ORDAZ ADRIAN, titular de la cedula de identidad No. V-4.504.020, asistido por el ciudadano ABG. JOSE GREGORIO CAMPOS GERDEL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 87.091; donde peticiona se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentaron a expensas propias con dinero de su propiedad, en una parcela de terreno municipal, ubicado en la Calle Principal, Casa sin Número del Sector Monteverde de la Población de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue de Argenis Alcalá midiendo Dieciocho metros (18,00mts). SUR: Con casa que es o fue de José Mejias midiendo Dieciocho metros (18,00mts); ESTE: Con casa que es o fue de Nilo Pérez midiendo Doce metros (12,00mts), y OESTE: Calle Monteverde que es su frente midiendo Doce metros, (12,00mts).- El valor que poseen las bienhechurias antes descritas es la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 35.000,00).- Teniéndose presentes las declaraciones de los testigos HERNAN RAMON CENTENO BARRIOS y EDICIO JESUS MENDOZA VILLASANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V-1.308.281 y V-2.060.167, respectivamente, y en virtud de la competencia conferida a los Juzgados de Municipio mediante Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, éste JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejercen el ciudadano RAFAEL JOSE ORDAZ ADRIAN, plenamente identificada, sobre las bienchechurias antes descritas en el presente decreto; dejando a salvo los derechos de terceros. Déjese copia del presente Decreto para su Archivo y devuélvanse las presentes actuaciones en original constante de seis (06) folios útiles, a la parte interesada.-
DADO, FIRMADO Y SELLADO, en el Despacho del Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el Palacio de Justicia de la ciudad de El Tigre, a los catorce (14) días del mes de mayo del año dos mil nueve.- Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,
EL SECRETARIO,

ABG. ADRIANA MATA AGUILERA
ABG. FRANCISCO GONZALEZ ACOSTA