REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós (22) de Mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2009-002304
MONTO DE LA TRANSACCIÓN: Bs. 38.131,56
Vista la solicitud de transacción recibida por este tribunal, suscrita por la sociedad WEATHERFORD LATIN AMERICAN, S. A., representada por su Apoderado Judicial, Abogado DIEGO PARDI ARCONADA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 74.591 y por la otra, el ciudadano JESUS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 18.454.584, asistido por el Abogado JULIO BELTRAN MILANO RONDÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 116.180, ahora bien, las partes plenamente facultados solicitan se homologue la presente transacción, este tribunal visto que la misma es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y no es contraria a derecho; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, les imparte la Homologación correspondientes, otorgándoles el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, su Reglamento y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se da por terminada la presente causa. Así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en la sede del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a los veintidós (22) días del mes de Mayo de dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Cúmplase.
El Juez,
Abg. Sergio Millán Charles
La Secretaria,
Abg. Romina Vacca.
En esta misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las 10:57 a.m. Conste.
La Secretaria,
Abg. Romina Vacca.
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