REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-L-2007-001125
Vista la oportunidad en la cual se llevó acabo el acto conciliatorio fijado por este Tribunal en fecha 24-04-2009, estando presente la parte actora ciudadano ADALBERTO CLAVERIE asistido de su abogado JOSE GABRIEL GALVIS y por la parte demandada METANOL DE ORIENTE METROS S.A. el Gerente Recursos Humanos JOSE LUIS MEJIAS asistido de su abogado RAFAEL RAMOS GARCIA, plenamente identificados, en el que llegaron a un acuerdo transaccional el cual fue consignado en la presente causa en fecha 30-04-2009, constante de seis folios útiles y un anexo; y por cuanto la presente Transacción es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea, expresada por las partes y los acuerdos alcanzados por los mismos no son contrarias a derecho; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, le imparte la Homologación correspondiente, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, asimismo, se ordena la notificación del Procurador General de la Republica conforme lo dispone el articulo 97 de su Ley .Asimismo, se ordena expedir por secretaria las copias certificadas requeridas del escrito transaccional y de la presente decisión conforme lo dispone el articulo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese el oficio correspondiente.
La Juez,
Maria Auxiliadora Chávez Rodríguez. La Secretaria,
Abg.Evelin Lara García.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente. Conste.-
La Secretaria,
Abg. Evelin Lara García.
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