REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de mayo de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: BP02-S-2009-001997

Vista la Solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE, propuesta por la Fiscal Especializada Décimo Quinto del Ministerio Público, Abogada MARY LOURDES FERRER CAMACHO, actuando en nombre y representación de su hijo el niño (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), hijo de los ciudadanos JOSE DANIEL JIMENEZ MONTENEGRO y LISBETH YASMIN MERCHAN GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 14.870.565 y 11.418.029, respectivamente.- Admitida como fue la presente Solicitud por éste Tribunal en fecha 07 de Mayo de 2009 (Folios 05).
En consecuencia, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en consideración de que la solicitante es la madre del niño ya citado, en Uso de sus Atribuciones Legales y en Interés Superior del adolescente tomando en cuenta lo establecido en el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños y Adolescentes, y para garantizar el derecho a la obtención de documentos públicos de identidad, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana LISBETH YASMIN MERCHAN GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.418.029, para la tramitación de toda la documentación necesaria para la OBTENCION de PASAPORTE para su hijo de marras, por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX). Barcelona.- Expídase por Secretaría, copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada, a los fines Legales consiguientes.
JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 02.


DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA,


ABG. FARAH MELISSA AZOCAR.

AJD/jlm.-