REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: BP02-S-2009-001998.
Por recibida la anterior solicitud de Autorización para Obtener Pasaporte, propuesta por la ciudadana MARY LOURDES FERRER, en su condición de Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, Estado Anzoátegui, a favor de la niña (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), hija de los ciudadanos CARLOS ARQUIMEDES LA CRUZ MATUTE y MAYERLIN DEL ROSARIO PAULO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-8.305.875 y V-8.271.833, respectivamente, junto con los recaudos que en ella se mencionan toda constante de un (01) folio útil y dos (02) anexos, en consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, acuerda darle entrada.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL N° 01.
ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA.
LA SECRETARIA.
ABOG. ORLYMAR CARREÑO.
En esta misma fecha de dictó y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA.
ABOG. ORLYMAR CARREÑO.