REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de mayo de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO : BP02-V-2008-001250


Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de la solicitud de DIVORCIO 185-A, dictada por ésta Sala de Juicio Nº 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, procédase a su ejecución a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto. En consecuencia ésta Sala de Juicio N° 02, acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la mencionada sentencia y ordena remitir los oficios correspondientes a los organismos competentes a los fines legales consiguientes. Asimismo acuerda hacer entrega de los documentos originales consignados, dejando en su lugar copia previa certificación por secretaria, el cierre del expediente y su remisión al archivo Judicial de éste Estado. Librese oficios. Asimismo se acuerda agregar Poder Especial relacionado con la presente solicitud. Cúmplase.
El Juez Unipersonal N° 02

Abg. Ana Jacinta Durán

La Secretaria

Abg. Farah Melissa Azocar

En la misma fecha del auto anterior se cumplió lo ordenado en él

La Secretaria

Abg. Farah Melissa Azocar
AJD/Judith