REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de mayo de dos mil nueve
199º y 150º



ASUNTO: BP02-S-2009-001869

Por recibida la anterior solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE, propuesta por la ciudadana LOURDES DEL CARMEN ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.277.817, de este domicilio, actuando en nombre y representación de su hija la niña (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), debidamente asistida en este acto por la Defensora Publica Primera del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, abogada MARIA EUGENIA MURILLO TIMAURY, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constantes de tres (03) folios útiles.- Désele Entrada.- Admítase.- Fórmese Expediente y Anótese en los Libros Respectivos.- En Consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 01, ordena: Notificar a la ciudadana Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta de notificación.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA Nº 01.-


ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-

LA SECRETARIA.-
ABOG. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ.-


En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-




LA SECRETARIA.-
ABOG. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ.-





SSFC/lba.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, seis de mayo de dos mil nueve
199º y 150º



ASUNTO: BP02-S-2009-001869

Por recibida la anterior solicitud de AUTORIZACION PARA TRAMITAR PASAPORTE, propuesta por la ciudadana LOURDES DEL CARMEN ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.277.817, de este domicilio, actuando en nombre y representación de su hija la niña (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), debidamente asistida en este acto por la Defensora Publica Primera del Sistema de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, abogada MARIA EUGENIA MURILLO TIMAURY, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constantes de tres (03) folios útiles.- Désele Entrada.- Admítase.- Fórmese Expediente y Anótese en los Libros Respectivos.- En Consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio Nº 01, ordena: Notificar a la ciudadana Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Inicio del presente procedimiento. Líbrese boleta de notificación.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA Nº 01.-


ABOG. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-

LA SECRETARIA.-
ABOG. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ.-


En la misma fecha del auto anterior se le dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-




LA SECRETARIA.-
ABOG. ORLYMAR CARREÑO HERNANDEZ.-