REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO FERNANDO DE PEÑALVER Y PIRITU

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO ORDINARIO DE MUNICIPIO DE LOS MUNICIPIOS
FERNANDO DE PEÑALVER Y PIRITU
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI.
Puerto Píritu, 27 de Mayo de 2.009.
199º y 149º

Visto el oficio Nro. 1950-119, de fecha: 13-05-09, y recibido en fecha 26-05-09, emanado del Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, donde remiten constante de Dieciséis (16) folios útiles, el expediente Nro. BP02-M-2009-000106, en virtud de la declinatoria de competencia por territorio planteada por ese Tribunal; contentiva del juicio por COBRO DE BOLIVARES POR PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, intentado por el ciudadano: FELIX GOMEZ LAREZ, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 4.219.188, en su carácter de representante de la COOPERATIVA SERVICAR ORIENTE R.L., debidamente asistido por el abogado: RUBEN RENGEL MEJIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nro. 85.210, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL TE`OS SERVICIOS DE ALIMENTO IND C.A., representada por el ciudadano: EDUARD FABIAN FLORES MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.970.175 y domiciliado en la población de Píritu, Municipio Píritu del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal se abstiene de proveer en cuanto a la admisión de la presente demanda, hasta tanto sea consignado en autos originales de los recaudos en los cuales la parte demandante fundamenta su pretensión, así como copia certificada del documento constitutivo estatutario de la Cooperativa Servicar Oriente, R.L., todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 642 del Código de Procedimiento Civil y se le advierte que debe expresar además de las sumas en bolívares conforme al Código de Procedimiento Civil y demás leyes que regulen la materia, su equivalente en unidades tributarias (U.T.), esto con fundamento en la resolución Nro. 2009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, Sala Plena, Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro.39.152, en fecha 2 de Abril de 2009.- Cúmplase.-

El Juez Temporal.,

Abog. Maria Eugenia Yegres

El Secretario.,

Abog. Jonathan Rodríguez
Exp. Nro. C.M. 1133-09