En el día de hoy, 22 de Mayo de 2009, siendo las tres y diez minutos de la tarde (3:10 PM), se trasladó y constituyó el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Simón Rodríguez, Guanipa y José Gregorio Monagas de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en compañía de la parte actora, ciudadanos: CIRENIA BORGES, LUIS ALBERTO JEREZ y ANGEL RAFAEL GONZÀLEZ ORTEGA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.741.536, V-4.917.418 y V-13.030.105 respectivamente, asistidos por la Abogada ROSSANA GUEVARA MÀRQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.141, hasta la “Urbanización Monte Olivo”, ubicada en la Avenida Mariño de la población de San José de Guanipa, Municipio Guanipa, Estado Anzoátegui, a los fines de llevar a la practica la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en esta ciudad de El Tigre, con motivo del Juicio por AMPARO CONSTITUCIONAL, presentado por los ciudadanos: LUIS ALBERTO JEREZ AGUILAR, CIRENIA DEL VALLE BORGES ROSAS y ANGEL GONZALEZ, en el que se sindica como presunta agraviante a la ASOCIACIÓN CIVIL URBANIZACIÓN MONTE OLIVO, plenamente identificados en autos.- Acto seguido, el Tribunal constituido en el sitio antes indicado, procede a notificar de la presente medida y de la misión a cumplir, a la ciudadana: REINA ANGELA BACA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.669.826, en su carácter de Vice-Presidente de la Junta Directiva de la Asociación Civil “Urbanización Monte Olivo”, debidamente asistida por los Abogados NADER ALFONZO ROMERO JAIME y MARICRUZ JOSÈ AMAIZ SUBERO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.478.365 y V-15.564.107, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 80.556 y 111.714 respectivamente, igualmente notificó a una ciudadana, quien ser y llamarse LEUDELIS SOTO, y ser titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.789.901, mas no mostró su Cedula de Identidad al Tribunal, porque alegó que no la tenía en ese momento, manifestando igualmente ser la tesorera de la referida Junta Directiva.- Seguidamente el Tribunal deja expresa constancia que, que según el dicho de las notificadas en este acto, la Junta Directiva de la Asociación Civil “Urbanización Monte Olivo”, se encuentra conformada por cuatro (04) personas, siendo su Presidenta ZORANDRI DELGADILLO, quien no se encuentra presente en este acto por estar trabajando, la ciudadana: ANA GREGORIA GARCÌA, quien es la Secretaria de la referida Junta Directiva, quien tampoco se encuentra presente por estar trabajando, más las dos (02) personas notificadas, en sus caracteres ya expresados. Seguidamente este Tribunal, en aras de cumplir bien y fielmente la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA decretada, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en esta ciudad de El Tigre, con ocasión al Juicio por AMPARO CONSTITUCIONAL, presentado por los ciudadanos: LUIS ALBERTO JEREZ AGUILAR, CIRENIA DEL VALLE BORGES ROSAS y ANGEL GONZALEZ, en el que se sindica como presunta agraviante a la ASOCIACIÓN CIVIL URBANIZACIÓN MONTE OLIVO, plenamente identificados en autos, y procede en este acto a imponer a la ciudadanas notificadas antes identificadas, de lo ordenado en la Comisión, que textualmente expresa lo siguiente: Ordena a la Junta Directiva de la Asociación Civil Urbanización Monte Olivo: “a) La suspensión de los efectos y alcances establecidos por la Junta Directiva, en relación a la entrada y salida de la urbanización Monte Olivo, de quienes son propietarios y que en criterio de aquellos, no estén al día con el pago del Condominio, mientras dure el proceso”.- Seguidamente interviene la ciudadana: REINA ANGELA BACA, antes identificada y debidamente asistida de abogado, y expone: Nos damos por citados así como de la imposición de la medida impuesta por el Tribunal Aquo, en el presente amparo Constitucional en contra de la Junta Directiva de la Asociación Civil “Urbanización Monte Olivo”, la cual se cumplirá tal y como lo ordena el Tribunal Aquo. Asimismo solicito al Tribunal Ejecutor devuelva la Comisión lo más urgente posible, a los fines de que se fije la fecha y hora para la celebración de la Audiencia Constitucional. Asimismo, en vista de que las ciudadanas Presidenta y Secretaria de la Urbanización Monte Olivo, no se encuentran presentes, nos haremos eco de tal imposición, por ende las pondremos en conocimiento de tal medida. Es todo.- Seguidamente interviene la parte actora asistida de abogado y expone: Nosotros pedimos que se nos activen los Controles, para poder tener acceso a la entrada y salida de la Urbanización, los mecanismos que utilicen la Junta Directiva de la de la Asociación Civil Monte Olivo, para activar nuestros Controles y así reponer el daño infringido, es a criterio de ellos. Igualmente solicitamos la devolución de la presente Comisión con sus resultas al Juzgado comitente. Es Todo.- Seguidamente el Tribunal visto lo solicitado por la parte actora, en el sentido de devolver la presente Comisión debidamente cumplida con sus resultas al Juzgado comitente, por no ser contrario a derecho lo acuerda de conformidad. Es todo.- Seguidamente el Tribunal hace constar que, por la práctica de la presente medida, no recibe ningún tipo de remuneración, ya que la práctica de la misma obedece única y exclusivamente a las funciones atribuidas a este Tribunal, cumpliendo el mandato constitucional establecido en el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, específicamente a lo que respecta a la gratuidad de la justicia. Es todo. Siendo las cinco y treinta minutos de la tarde (5:30 PM), el Tribunal declara cumplida su misión y acuerda el regreso a su sede. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, menos la ciudadana: LEUDELIS SOTO, en virtud de haberse ausentado del lugar……./…………

LA JUEZ,



LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADA ASISTENTE


LAS NOTIFICADAS Y SUS ABOGADOS ASISTENTES

EL ALGUACIL
LA SECRETARIA

COMISION: BP12-V-2009-000345
ASUNTO PRINCIPAL: BP12-O-2009-000009
CUADERNO DE MEDIDA: BH11-X-2009-000035